domingo, 9 de septiembre de 2012

TRAMITE PARA TRANSPORTE DE ANIMALES





El pasajero es responsable de todos los documentos necesarios para garantizar la salida y entrada de su mascota, tanto a las ciudades de origen, tránsito y destino de su viaje. Esto incluye cualquier requisito o documento adicional o especial que se le exija por las disposiciones legales y reglamentarias en vigor de los países de partida, tránsito y destino. Para conocer los requisitos que su mascota debe cumplir por favor contactar las autoridades sanitarias de cada país.

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES

Las mascotas aceptadas como equipaje están sujetas a los siguientes términos y condiciones:
  • Para vuelos dentro de Colombia, el transporte de la mascota no genera cobro adicional, siempre y cuando éste se encuentre dentro de la franquicia de equipaje registrada.
  • En vuelos en conexión en donde haya vuelos dentro de Colombia y vuelos internacionales, aplicarán las condiciones y recargos de vuelos internacionales.
  • Toda mascota transportada como equipaje registrado (en bodega) o equipaje de mano (a bordo de la cabina de pasajeros) implica un cargo; el cual será cobrado en concepto de exceso de equipaje.
  • Animales menores de ocho semanas de nacidos no son aceptados para ser transportados si viajan solos en una jaula.
  • Los menores que viajen solos no están autorizados a viajar con mascotas.
  • Los pasajeros deben viajar en el mismo vuelo que la mascota y utilizar una jaula adecuada para su transporte. Los pasajeros son responsables de acomodar y retirar a su mascota de la jaula.
  • Sólo está permitido un animal por contenedor.
En caso de emergencia no se administrará oxígeno a las mascotas

  

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